jueves, 10 de enero de 2013

MAMPR APRUEBA ENMIENDAS PRESENTADAS A LEY 54

(San Juan – 10 de enero de 2013) El Movimiento Amplio de Mujeres (MAMPR) reaccionó con entusiasmo hoy ante la noticia de que una medida de la autoría de los representantes Vega Ramos, Vargas Ferrer y Baéz Rivera pretende enmendar los artículos 3.1, 3.2, 3.3, 3.4, y 3.5 de la Ley Núm. 54 de 15 de agosto de 1989 conocida como Ley para la Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica. La medida tal como está redactada le ofrece protección a todas las parejas sentimentales sin importar estado marital, orientación sexual o identidad de género.


“Nos llena de entusiasmo y alegría este paso hacia la equidad. No hay duda de que el Estado debe conferir la misma protección a todo tipo de parejas. Éste tiene como deber indelegable proteger la vida, la integridad física y emocional de los ciudadanos y las ciudadanas, no emitir juicios valorativos fundamentados en una moral excluyente y discriminatoria”. Afirmó la Lcda. Mariana G. Iriarte Mastronardo, portavoz del MAMPPR.


Aunque el MAMPR se reafirma en que la Ley 54 fue creada para proteger todo tipo de pareja era necesario corregir las nefastas interpretaciones hechas por el Tribunal Supremo en el conocido caso Pueblo v. Ruíz (2003) que negó la protección de dicha ley a las parejas de un mismo sexo. También es cierto que no había habido acciones afirmativas por parte de la Asamblea Legislativa para remediar esa gran inequidad. 


De igual manera, tan reciente como el año pasado en Pueblo v. Flores Flores, el Tribunal Supremo, mediante una sentencia, negó conferirle protección a una víctima de violencia doméstica porque ésta sostenía una relación extramarital con el agresor. Si bien la decisión en Flores Flores sólo debía afectar a la víctima de dicho caso, ésta reveló la tendencia del Tribunal en para casos similares. 


“Nos sentimos satisfechas, esto es un gran paso. Ahora resta que ambos cuerpos aprueben la enmienda y el Gobernador la convierta en Ley para así asegurar que ninguna víctima de violencia doméstica se vea desprovista de protección por razón de su orientación sexual, identidad de género o estado marital.”. Finalizó Sara Benítez también portavoz del MAMPR.

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